Metadatos
Miniatura

Descripción
Procedimiento sumarísimo de urgencia: Bartolomé Barea Zapata
Apellidos y nombre
Barea Zapata, Bartolomé
Género
Hombre
Apodo
Barea
Fecha de nacimiento
1891
Edad
45
Estado civil
Casado
Profesión
Industrial
Lugar de nacimiento
Villaluenga del Rosario
Lugar de residencia
Estación de Jimena de la Frontera
Afiliciación política
Unión Republicana
Cargo en el partido
Presidente de Unión Republicana de Jimena de la Frontera
Afiliación masónica
Logia Fénix no 66 de Jimena de la Frontera, 2º Experto
Número de causa del consejo de guerra
443/1936
Número del expediente
315/4900
Consejo de guerra permanente
Cádiz
Plaza del consejo de guerra
Cádiz
Juez instructor de la causa
Joaquín Camarero Arrieta, Comandante de Infantería | Antonio Matos Pantoja, Teniente Coronel de Infantería
Secretario de la causa
Romualdo Carretero Luque, Capitán de Infantería.
Proceso / Delito
Rebelión militar
Fecha de inicio del procedimiento
19/10/1936
Fecha de finalización del procedimiento
25/11/1949
Sentencia
Sin aplicar por encontrarse en paradero desconocido
Nombre del productor
Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla
Código de referencia
ES. 41091. ATMT2
Signatura de la copia digital
ES. 11021. ACMS. 2.2.4.22. Jimena de la Frontera. Causa colectiva de José Rodríguez Segura
Objeto digital
253 imágenes - Extensión: JPG - Tamaño: 392 MB
Condiciones de acceso y utilización
Acceso limitado por contener datos personales especialmente protegidos por el art. 7 de la Ley Orgánica 15/1999, o relativos a comisión de infracciones penales o administrativas sin amonestación pública, con las salvedades del art. 15.1 y 15.4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Se puede acceder a este documento con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, según art. 15.1 de la ley 19/2013; una vez transcurridos 25 años desde su muerte o 50 desde la fecha de los documentos, según el art. 57 de la Ley 16/1985; previa disociación de los datos de carácter personal, según el art. 15.4 de la Ley 19/2013; en los supuestos de acceso ponderado que contempla el art. 15 de la Ley 19/2013, con la firma de un compromiso de confidencialidad por parte de la persona o personas autorizadas, según modelo aprobado por la CAVAD.