Miniatura
Descripción
Expediente personal del soldado penado Antonio Medina Meléndez
Apellidos y nombre
Medina Meléndez, Antonio
Lugar de nacimiento
Jimena de la Frontera
Vecindad
Jimena de la Frontera
Fecha de nacimiento
1917-09-14
Estado civil
Soltero
Profesión
Albañil
Parentesco
Hijo de José y de Ana
Reemplazo
1938
Lugar donde se encontraba al terminar la guerra
Campo de concentración Miguel de Unamuno (Madrid)
Establecimientos penitenciarios y disciplinarios
Campo de Concentración Miguel de Unamuno (Madrid)
Batallón/Batallones de destino
Batallón Disciplinario de Soldados Trabajadores Penados nº 96
Emplazamiento del prisionero
Alto Aragonés (Tarifa) | Alcalá de Guadaira (Sevilla)
Fecha de incorporación
1942-05-01
Fecha de baja
1943-08
Causa de la baja
Licenciamiento
Tiempo de permanencia
1 año y 3 meses
Historial de la reclusión
Antonio Medina Meléndez, sin antecedentes político-sociales y de buena conducta según informe de la guardia civil del puesto de Jimena de la Frontera, fue clasificado como prófugo en el campo de concentración de Unamuno, donde ingresó el 16 de enero de 1942 para realizar trabajos forzados. Allí permaneció hasta que fue trasladado el 1 de mayo de 1942 al Batallón de Soldados Trabajadores Penados nº 96, emplazado en aquel momento en Alcalá de Guadaira (Sevilla) y más tarde en el paraje tarifeño del Alto Aragonés. En agosto de 1943 obtuvo el licenciamiento y fijó su residencia en Jimena de la Frontera.
Nombre del productor
Archivo General Militar de Guadalajara
Código de referencia
ES.191305.AGMG/3.1.
Serie documental
Expedientes personales de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores
Signatura del archivo productor
AGMG.BDSTP, caja 301773, exp. 269/5657
Signatura de la copia digital en la Casa de la Memoria
ES. 11021. ACMS. 2.2.5.2.17.03
Objeto digital
17 imágenes JPG, tamaño: 33mb, fecha de incorporación: 27/01/2023. Registrado por Juan Manuel Pizarro
Condiciones de acceso y utilización
Acceso limitado por contener datos personales especialmente protegidos por el art. 7 de la Ley Orgánica 15/1999, o relativos a comisión de infracciones penales o administrativas sin amonestación pública, con las salvedades del art. 15.1 y 15.4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Se puede acceder a este documento con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, según art. 15.1 de la ley 19/2013; una vez transcurridos 25 años desde su muerte o 50 desde la fecha de los documentos, según el art. 57 de la Ley 16/1985; previa disociación de los datos de carácter personal, según el art. 15.4 de la Ley 19/2013; en los supuestos de acceso ponderado que contempla el art. 15 de la Ley 19/2013, con la firma de un compromiso de confidencialidad por parte de la persona o personas autorizadas, según modelo aprobado por la CAVAD